Conchatel, su cooperativa de confianza
Llegó como todos los meses a la ventanilla de su cooperativa de ahorro y crédito de confianza, hoy denominada por el cariño de sus ahorristas Conchatel.
—Buenas tardes, vengo a recoger los intereses de mi plazo fijo por favor.
—Lamentablemente, por orden de la directiva usted está impedido de cobrar sus intereses.
—¿Y por qué estoy impedido?
—Porque en la magna asamblea de socios se ha tomado la decisión que todo aquel ahorrista que tiene plazo fijo tendrá que hacer un aporte obligatorio equivalente al 10% del monto ahorrado.
—¿Perdón? ¿Cómo dice? Déjeme entenderle, pongo mi dinero aquí, ¿y ahora, yo tengo que pagar?
—Así es, le hemos enviado una carta notarial para que se dé por enterado. Al parecer todavía no le ha llegado. La buena noticia es que estamos dando facilidades para que lo pague en 10 cuotas mensuales —el tipo vio las cuentas, calculó rápidamente y le dio el monto mensual que tenía que pagar.
—Un momentito, según el cálculo la cuota mensual es mayor a la de mis intereses. ¡¿De dónde voy a sacar ese dinero?! ¡Es el único plazo fijo donde el que deposita tiene que pagar a la entidad financiera! ¡Qué tal conchaza!
—Por favor, respetos guardan respetos. Si no tiene dinero pues tendrá que interrumpir su plazo fijo y de allí pagar su deuda.
—Pero ¿cuál deuda? Si no he pedido préstamo alguno, más bien he depositado mi dinero aquí para ganar intereses. ¡Esto no se puede quedar así! ¡Esto amerita una denuncia!
—Bueno, haga lo que crea conveniente, en cualquier momento le llegará a su domicilio la carta notarial exigiendo formalmente el pago de su deuda.
Fastidiado se puso a analizar la situación, era una circunstancia nueva, llevaba ahorrando y renovando su plazo fijo desde el 2007 sin problemas, la situación cambió cuando la Superintendencia de banca y seguros (SBS) intervino la cooperativa porque había perdido su capital mínimo por una mala maniobra de la directiva, colocando a su vez el dinero en otra financiera que quebró. Para salir bien librados pidieron un aporte voluntario de emergencia a los socios equivalente al 50% del monto de sus plazos fijos de manera que se pueda salvar la institución. Hizo el cálculo y si lo hacía no le salía ni para los pasajes y el entremés que suele consumir cada que va a las ventanillas de la cooperativa. Muchos con capitales más grandes lo hicieron. Con esa estrategia la cooperativa consiguió levantar los motivos de la intervención, y la SBS la dio por finalizada. La cooperativa había tenido un desfase en el pago de intereses por los meses que duró el impase pero después se puso al día con los ahorristas. Hasta que llegó la asamblea donde han hecho esta novedosa jugada para sustraer obligatoriamente parte de los ahorros con el artificio del aporte obligatorio extraordinario.
¿Es posible, legalmente hablando, que simplemente por acuerdo de asamblea se pueda cambiar con un ardid la condición del ahorrista? Lo lógico sería que de alguna manera las leyes eviten algo así. A la par de hacer las consultas en la Superintendencia de Banca y Seguros y la Defensoría financiera, empezó a revisar tanto los estatutos de la cooperativa, las leyes de cooperativas y sus modificaciones e incluso en su búsqueda encontró legislación de otros países donde por ejemplo en Colombia existe un límite de aporte obligatorio de 25 dólares por asociado.
En ese momento se percató de los vacíos legales existentes. Cuando hizo las consultas a la SBS se le pidió que primero haga el reclamo interno en el libro de reclamaciones y que una vez agotada esa vía, haga un reclamo a Indecopi. Así lo hizo, la cooperativa respondió evadiendo la denuncia del ardid simplemente recalcando que está bien avisado que tiene que hacer el aporte obligatorio, Indecopi le dijo que nada pueden hacer pues los acuerdos de asamblea están de acuerdo a los estatutos, que cuando termine el plazo fijo y quiera recuperar sus ahorros y sus aportes al retirarse de la cooperativa recién los busque. La defensoría financiera por su parte, le dio una relación de entidades donde ellos pueden intervenir y las cooperativas no están dentro de sus facultades. En términos coloquiales un peloteo. Lo que faltaba en el país, que el ahorrista que pone su dinero a plazo fijo en una financiera legalmente constituida con el fin de ganar intereses sea el que tenga que pagarle intereses a la financiera. Perú es un país de maravillas sin ninguna duda por efecto de la “brillantez” de sus políticos y los vacíos legales que generan.
Comentarios